El Proyecto de Divisiones de Circuitos (con Deborah Beim, Universidad de Michigan) es el primer estudio integral de divisiones entre circuitos en los Tribunales de Apelaciones de los Estados Unidos, dentro de la ciencia política o la erudición legal. Los circuitos se» dividen » cuando dos o más circuitos resuelven la misma cuestión legal de manera diferente, causando que litigantes en situaciones similares en diferentes jurisdicciones sean tratados de manera diferente bajo la misma ley federal exacta (ya sea estatutaria, constitucional o precedente). Los casos relacionados con escisiones se consideran, en general, los principales casos objeto de revisión por el Tribunal Supremo. Estos casos brindan la oportunidad de estudiar la relación entre la Corte Suprema y los tribunales de circuito, la formación del expediente de la Corte Suprema, los cambios significativos en el camino de la ley y el papel de la ideología en la configuración de este camino. También nos permiten estudiar las estrategias de grupos de interés que persiguen agendas políticas a través de litigios.
Recopilamos un conjunto de datos original de divisiones de circuitos organizando y supervisando a un equipo de asistentes de investigación de la Facultad de Derecho de Yale, que leyeron y codificaron más de 21,000 opiniones en el transcurso de 2.5 años. El conjunto de datos incluye tanto las divisiones que ya han sido resueltas por la Corte Suprema como las que están en curso. De forma única, capturamos cada caso en cada circuito involucrado en cada división.
El trabajo empírico existente ha examinado solo aquellas divisiones que la Corte Suprema decidió resolver, o solo aquellos casos con peticiones que alegaban explícitamente una división de circuito. El primero impide inferir por qué la Corte resuelve algunas divisiones mientras deja que otras persistan. Este último no ve el contexto en el que el Tribunal examina la petición; por ejemplo, ¿ha considerado el Tribunal abordar esta cuestión jurídica antes, por qué se negó a hacerlo, por qué podría decidir hacerlo ahora? Y sin embargo, estos son exactamente el tipo de preguntas que los propios jueces hacen al decidir si conceder una petición en particular.
Nuestros datos superan estas limitaciones al recopilar todos los casos que implican el asunto legal preciso sobre el que existe la división. Por lo tanto, nuestra teoría y análisis pueden ir más allá de una explicación de qué casos se deciden a qué cuestiones jurídicas decide abordar la Corte Suprema y cuándo. Es decir, avanzamos en la literatura sobre certiorari modelando lo que la Corte Suprema realmente considera al hacer su expediente.
Tenemos cuidado de reconocer estos y otros temas estratégicos en nuestro análisis. La recompensa es que hemos aprendido nuevos patrones sorprendentes en este camino del desarrollo legal, algunos de los cuales desafían los «hechos» estilizados centrales que se han convertido en la sabiduría popular de las divisiones de circuitos.
Por ejemplo, en el primer artículo que utiliza estos datos, «Legal Uniformity in American Courts» (Journal of Empirical Legal Studies), encontramos que, contrariamente a la sabiduría convencional, la mayoría de las divisiones de circuito no son resueltas por la Corte Suprema. Como planteamos la hipótesis en nuestra teorización sobre la política de tales divisiones, es más probable que se resuelvan las divisiones activas e importantes, pero muchas divisiones activas e importantes persisten indefinidamente y continúan generando litigios significativos. Existe un debate académico sobre si las escisiones deben resolverse de inmediato para aclarar la ley o si el Tribunal puede aprender sobre la mejor doctrina al permitir que las escisiones persistan durante algún tiempo. Sin embargo, este debate es irrelevante a la luz de nuestras conclusiones. Si nunca se resuelven, las divisiones simplemente socavan la interpretación uniforme de la ley federal, un valor tan antiguo como Federalista 80.
En el segundo documento «Ideología, Certiorari y el Desarrollo de la Doctrina» (en progreso), nos dirigimos a la política partidista de las divisiones de circuito. Argumentamos que las escisiones presentan a la Corte Suprema la oportunidad de adoptar una doctrina a bajo costo y obviar otra. Por lo tanto, una Corte motivada ideológicamente debería querer revisar una división polarizada, una con un lado ideológicamente aliado y un lado opuesto. Un componente crucial y distintivo de esta teoría es que la Corte Suprema no supervisa las decisiones individuales de los tribunales inferiores, sino que supervisa la doctrina articulada en ella, y esta última es mucho más pertinente debido a las muchas decisiones futuras y latentes afectadas. Debido a que capturamos todos los casos que implican una cuestión legal dada, nuestro conjunto de datos de divisiones nos permite, por primera vez, caracterizar la valencia ideológica de la doctrina en sí. Para probar nuestra teoría, desarrollamos una medida de polarización dividida y encontramos soporte para nuestra predicción de que las divisiones polarizadas tienen más probabilidades de resolverse. Las implicaciones de este hallazgo para el desarrollo del derecho son profundas. A medida que los tribunales inferiores se vuelven cada vez más políticos a través de nuevos nombramientos, también lo harán el expediente de la Corte, la toma de decisiones de la Corte y la propia doctrina legal.
En un tercer documento (planificado), examinaremos cómo los litigantes motivados por políticas manipulan el crecimiento de las divisiones para lograr los resultados deseados a nivel nacional. Comprender la estrategia del litigante es importante por derecho propio, ya que da forma al desarrollo del derecho. Sin embargo, sin tener en cuenta las motivaciones de los litigantes, no se pueden comprender plenamente las divisiones de circuito, que se crean y propagan como resultado de interacciones estratégicas entre jueces y litigantes y, por lo tanto, de una revisión jerárquica más general.
En un cuarto artículo (planificado), volvemos al papel de la ideología en la jerarquía judicial. Cómo la ideología moldea la toma de decisiones judiciales es la cuestión fundamental de la política judicial. A common finding is that the Supreme Court, acting in a monitoring role over the lower courts, is more likely to review decisions made by ideologically distant lower courts. Sin embargo, en esta literatura, los estudiosos no han podido distinguir entre la elección del Tribunal de revisar una decisión en particular en un caso particular y su elección de resolver una cuestión jurídica en particular. Por lo tanto, las conclusiones sobre el comportamiento de monitoreo motivado ideológicamente de la Corte pueden confundirse con los tipos de problemas legales que surgen en los tribunales inferiores «enemigos». Nuestro conjunto de datos de conflictos nos permite mantener constante la cuestión legal en muchos casos, al tiempo que «varía» la ideología del tribunal inferior que emite la decisión. Además, podemos mantener fija la respuesta a la pregunta legal en sí (es decir, la doctrina real) en los casos del mismo lado de un conflicto y ver, bajo estas condiciones ceteris paribus, si los resultados conocidos sobre la ideología aún se mantienen.