Recordatorios con respecto a la Ordenanza de Calor de Chicago

Pronto, old man winter estará sobre nosotros. Como recordatorio, el Departamento de Edificios de Chicago hace cumplir firmemente la Ordenanza de Calor de Chicago. Los propietarios y administradores de propiedades deben asegurarse de que están siguiendo la ordenanza, que establece regulaciones sobre la temperatura de las unidades desde el 15 de septiembre hasta el 1 de junio.

«El Departamento de Edificios de Chicago hace cumplir la Ordenanza de Calor de Chicago. La Ordenanza de Calefacción exige que durante los meses de clima frío, los propietarios suministren calor a las unidades de alquiler o a cualquier unidad donde los propietarios no tengan un control individual del calor. Del 15 de septiembre al 1 de junio, se requiere que la temperatura dentro de una residencia de alquiler sea de 68 grados de 8:30 a.m. a 10:30 P. m., y de 66 grados de 10:30 P. m. a 8:30 a. m.

Los propietarios pueden enfrentar multas de 5 500 a 1 1,000 por día, por violación, por cada día que no suministren la calefacción adecuada. La razón de la falta de calor no importa: los propietarios deben seguir la ley y los apartamentos deben calentarse.»

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El Departamento de Edificios también recomienda a los residentes que sigan estas precauciones de seguridad durante los meses más fríos:

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