Opciones de seguro de salud para pastores y clérigos

Cuando se trata de ofrecer beneficios de salud a pastores y clérigos, las iglesias pueden sentirse sin opciones. Quieren cuidar de su pastor y de su personal, pero a menudo no pueden pagar ni calificar para un plan de seguro de salud grupal tradicional.

Entonces, ¿cuáles son las opciones?

Primero, para entender las opciones de seguro de salud para los pastores, es importante notar la diferencia entre las iglesias denominacionales e independientes. Una iglesia confesional pertenece a una gran organización nacional o internacional con una oficina central de organización. Una iglesia independiente es aquella que opera por su cuenta o en una afiliación suelta con otras iglesias de fe similar. Las iglesias independientes no forman parte de ninguna estructura jerárquica.

Con eso en mente, las denominaciones que proporcionan seguro de salud a sus pastores generalmente lo hacen a través de una póliza de grupo comprada por la oficina principal de la denominación. Sin embargo, cada vez más, las denominaciones están disminuyendo la cobertura de seguro de salud para sus pastores.

Las iglesias independientes (y muchas iglesias confesionales) suelen tener que encontrar su propio seguro de salud para sus pastores, clérigos y personal.

Las tres opciones de seguro de salud primario para pastores

Una póliza de seguro de salud grupal tradicional

La primera opción es una póliza de seguro de salud grupal comprada a través de un corredor de seguros de salud. Esta es una ruta tradicional para el seguro de salud, pero las iglesias más pequeñas que solo quieren cubrir a un pastor o a unos pocos empleados a menudo tienen problemas para pagar y/o calificar para un plan. Y, como analizaremos a continuación, un plan de seguro de salud grupal generalmente no es la mejor opción de seguro de salud ni la más asequible.

Reembolsar al pastor el seguro de salud individual

La segunda opción es un plan de reembolso como el acuerdo de reembolso de salud para pequeños empleadores calificados (QSEHRA), en el que la iglesia reembolsa al pastor el seguro de salud individual/familiar. El proceso para reembolsar a un pastor por el seguro de salud individual es:

  1. La iglesia define cuánto pueden contribuir al seguro de salud, hasta el límite anual definido por el gobierno federal (para 2020, estos son $5,250 para empleados solteros y 1 10,600 para empleados con una familia).
  2. La iglesia establece una QSEHRA que da a los empleados elegibles una asignación mensual (por ejemplo, $150/mes para el pastor).
  3. El pastor (y otros empleados elegibles) compran una póliza de seguro de salud individual y se les reembolsan sin impuestos hasta su asignación mensual. Tenga en cuenta que para los ministerios que utilizan el uso compartido de atención médica (como Medi-Share), los reembolsos no están libres de impuestos a menos que el empleado también compre Cobertura Mínima Esencial (MEC). La legislación propuesta podría cambiar esto, liberando de impuestos los costos de membresía compartidos de atención médica, pero esta legislación aún no se ha aprobado.
  4. No hay requisitos de contribución mínima, por lo que la iglesia puede ofrecer subsidios que se ajusten a su presupuesto. No hay requisitos mínimos de participación, por lo que la iglesia puede ofrecer la asignación a un personal de un solo pastor, o a todos los empleados de tiempo completo de un personal más numeroso (siempre que haya menos de 50).

Preguntas frecuentes: ¿Los pastores califican para créditos fiscales de primas?

Dependiendo de sus ingresos, los pastores pueden calificar para créditos fiscales de primas, lo que reduce el costo del seguro de salud individual adquirido a través del mercado de ACA o los intercambios estatales. También pueden calificar para Medicaid si sus ingresos son inferiores al 400% del Nivel Federal de Pobreza.

Sin embargo, si un pastor participa en una QSEHRA, debe reducir su crédito tributario de prima dólar por dólar por la asignación mensual de HRA.

Este artículo se publicó originalmente el 8 de octubre de 2018. Se actualizó por última vez el 27 de octubre de 2020.

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