Abogados de Distribución de CDS de Nueva Brunswick NJ
Toda intención de distribuir cargos manejados en la Corte Superior de Nuevo Brunswick involucra sustancias peligrosas controladas «programadas», también conocidas como CDS. Una sustancia peligrosa controlada es una droga que ha sido clasificada bajo la ley de Nueva Jersey en uno de los cinco (5) horarios. Estos horarios coinciden con el potencial percibido de abuso de las drogas relacionadas. Independientemente del horario en el que se encuentre una droga, un cargo por distribución de CD siempre es un cargo criminal grave. Sin embargo, el grado de delincuencia y las penas conexas fluctúan en función del horario en el que cae la droga y de la cantidad de CD que se distribuyen, venden o fabrican. Si ha sido acusado de posesión con intención y se enfrenta a una acusación de cuarto grado, tercer grado, segundo grado o incluso de primer grado en Nuevo Brunswick, tenemos los abogados que necesita. Nuestro personal incluye varios ex fiscales y un equipo de defensa con décadas de experiencia defendiendo delitos de drogas en el condado de Middlesex. Llame a nuestra oficina de Nuevo Brunswick hoy al 732-246-7126.
La clasificación de Sustancias Peligrosas Controladas
CDS figura en las Listas I a V en función de su nombre oficial, nombre químico o nombre comercial. Y para condenar a alguien por posesión de una sustancia peligrosa controlada, el fiscal debe establecer que usted tenía posesión real o implícita de una droga incluida en una de estas listas o es equivalente a una sustancia ya incluida en la lista. La posesión de ciertos CD de la Lista I, por ejemplo, la posesión de 50 gramos o menos de marihuana, es solo un delito de alteración del orden público. En contraste, hay ciertas drogas cuya posesión en la menor cantidad siempre es un delito grave, como la cocaína, la heroína y la metanfetamina, por nombrar algunas. Los abogados de nuestra firma tienen décadas de experiencia defendiendo todos los delitos de posesión de drogas en el condado de Middlesex.
Lista I
Estas sustancias tienen un alto potencial de abuso y no tienen un uso médico aceptable en el tratamiento en los Estados Unidos, o carecen de seguridad aceptada para su uso en el tratamiento bajo supervisión médica. Este horario incluye las drogas que coinciden con los delitos más graves. Esta lista incluye tanto alucinógenos como narcóticos. En concreto, algunas de las sustancias incluidas son:
- la Marihuana
- Hash
- Heroína
- LSD
- Ácido
- MDMA
- Marihuana Sintética
- Psilocibina Hongos
Programación II
Estas sustancias tienen un alto potencial para el abuso, junto con actualmente uso médico aceptado en los Estados unidos con severas restricciones. El abuso de un Anexo II podría conducir a la dependencia física o psíquica. En concreto, algunas de las sustancias incluidas son:
- Hidromorfona (Dilaudid)
- Metadona
- Meperidina (Demerol)
- Oxicodona (OxyContin, Percocet)
- Hidrocodona (Vicodin)
- Fentanilo
- Morfina
- Codeína
- Anfetamina, incluida la Dexedrina & Adderall
- Metilfenidato (Ritalina)
- Cocaína
- Metanfetamina
Lista III
Estas sustancias tienen un potencial de abuso, aunque este potencial es menor que el de las Listas I y II. Estas sustancias tienen un uso médico aceptado en el tratamiento en los Estados Unidos. Además, estas sustancias podrían causar una alta dependencia psíquica o una dependencia física baja/moderada. En concreto, algunas de las sustancias incluidas son:
- Esteroides anabólicos
- Ketamina
- Tylenol Con Codeína
- Testosterona
- Buprenorfina (Suboxone)
Lista IV
Estas sustancias tienen un bajo potencial de abuso, en comparación con las Listas I, II y III. Estas sustancias tienen un uso médico aceptado en el tratamiento en los Estados Unidos. Además, estas sustancias podrían causar dependencia psíquica limitada o dependencia física. En concreto, algunas de las sustancias incluidas son:
- Alprazolam (Xanax)
- Clonazepam (Klonopin)
- Diazepam (Valium)
- Darvocet (propoxifeno y paracetamol)
- Zolpidem (Ambien)
Lista V
Estas sustancias tienen un bajo potencial de abuso, en comparación con las Listas I, II, III y IV. Estas sustancias tienen un uso médico aceptado en el tratamiento en los Estados Unidos. Además, estas sustancias podrían causar dependencia psíquica limitada o dependencia física. Estos medicamentos se pueden vender de venta libre con fines médicos. En concreto, algunas de las sustancias incluidas son:
- <200 miligramos de codeína
- <100 miligramos de dihydrocodeine
- <100 miligramos etilmorfina
- <2.5 miligramos difenoxilato
- <100 miligramos de opio