EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA (CPE): ICAI quiere eso después de convertirse en profesional. Continuar su educación y actualizar sus conocimientos de acuerdo con los cambios, por lo que ICAI start CPE
La Educación Profesional Continua (CPE) es un requisito para el Contador Público Certificado que está diseñado para ayudar a mantener sus competencias y habilidades como proveedores de servicios profesionales. Como parte de los requisitos continuos para mantener la designación de CA, Todas las CA deben cumplir con todas las regulaciones establecidas por ICAI
ICAI ha hecho que el CPE sea obligatorio para todas las CA
CPE para cada período de informes de tres años, de acuerdo con ICAI
Por qué es importante el CPE: Como asesores de confianza, los contadores Públicos Certificados asesoran a sus clientes sobre una amplia gama de cuestiones contables importantes que tienen un impacto importante en las empresas y sus partes interesadas. El campo de la contabilidad se basa en una vasta base de conocimientos que se expande, cambia y se vuelve cada vez más compleja. Con el fin de garantizar que las CA proporcionen la calidad de asesoramiento y servicio de los que dependen sus clientes, CPE es vital.
A medida que los negocios globales avanzan y los impactos de la tecnología y la regulación se mueven a un ritmo más rápido, la necesidad de mantenerse relevante a través de CPE solo se vuelve cada vez más importante.
Aplicabilidad y el requisito de hora de crédito de CPE
El requisito de horas de crédito de CPE por parte de los miembros se divide en varias categorías CPE Reportadas en cada período de tres años, de acuerdo con ICAI
Las horas de CPE se pueden dividir en 2 partes:-
1. Actividades de Aprendizaje Estructurado (SLA) e. asistir a seminarios, Conferencias, etc. organizados por ICAI
2. Actividades de Aprendizaje No Estructuradas (ULA) e. actualización de conocimientos por sí mismos mediante la lectura de diarios, a través de Internet, etc
REQUISITOS DE HORAS DE CPE PARA EL PERÍODO DE BLOQUE DE 3 AÑOS (1-1-2020 A 31-12-2022)
1. Todos los miembros (menores de 60 años) que tengan un Certificado de Práctica (excepto todos los miembros que residan en el extranjero) deben::
> Complete al menos 120 horas de crédito de CPE en un período continuo de tres años.
> Completar un mínimo de 20 horas de crédito de CPE de aprendizaje estructurado en cada año calendario.
> El saldo de 60 horas de crédito de CPE (un mínimo de 20 horas de crédito de CPE en cada año calendario) se puede completar a través de Aprendizaje Estructurado o No Estructurado (según la elección del Miembro).
2. Todos los miembros (menores de 60 años) que no tengan Certificado de Práctica; y todos los miembros que residan en el extranjero (ya sea que tengan Certificado de Práctica o no) deben::
> Completar al menos 60 horas de crédito de CPE de aprendizaje estructurado o no estructurado (según la elección del Miembro) en un período continuo de tres años
> Completar un mínimo de 15 horas de crédito de CPE de aprendizaje estructurado o no estructurado (según la elección del miembro) en cada año calendario.
3. Todos los miembros (de 60 años & arriba) que tengan un Certificado de Práctica, deben::
> Completar al menos un agregado de 90 horas de crédito de CPE de Aprendizaje Estructurado o No Estructurado (según la elección del miembro) en un período continuo de tres años
> Completar un mínimo de 20 horas de crédito de CPE que son un agregado de Aprendizaje Estructurado o No Estructurado (según la elección del miembro) en cada año calendario
Los miembros están exentos del requisito de horas de crédito de CPE
> Todos los miembros (mayores de 60 años) que no posean un Certificado de Práctica.
> Jueces de la Corte Suprema, el Tribunal Superior, los Tribunales de Distrito y los Tribunales
> Miembros del Parlamento/MLAS/MLCs
> Gobernadores de los Estados
> Servicios Civiles de Centro y del Estado
> Empresarios (propietarios de organizaciones empresariales (manufactureras) distintas de servicios profesionales)
> Funcionarios judiciales
> Miembros en Servicio Militar
Exenciones temporales:
> Miembros mujeres durante un año civil por motivos de embarazo.
> Miembros con discapacidad física, caso por caso, que tengan una discapacidad permanente de no menos del 40% o más (Con el respaldo de certificados médicos de cualquier médico registrado en el Consejo Médico de la India con especialización pertinente, como lo demuestran las calificaciones para puestos (MD, MS, etc.).).
> Miembros que sufren de enfermedades/enfermedades críticas prolongadas u otras discapacidades que pueda especificar o aprobar el CPED. (Con el apoyo de certificados médicos de cualquier médico registrado en el Consejo Médico de la India con especialización pertinente, como lo demuestran las calificaciones para puestos (M. D., M. S., etc.).
Penalización por incumplimiento de las horas de CPE
Si una CA no cumple con el requisito de CPE, Su nombre se alojará en el sitio web de ICAI para información del público en general. Además, ICAI no será responsable en modo alguno de las medidas adoptadas por cualquiera de las autoridades reguladoras sobre la base de los nombres alojados en el sitio web para asignarles el trabajo profesional como propietario único o a su empresa asociada
Para que se elimine su nombre de la lista, se requeriría que una CA completara el doble de horas del déficit. Estas horas adicionales deben completarse además del requisito de horas regulares de CPE para el año civil particular en el que están compensando el déficit